Prevé el artículo 162 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Los presupuestos generales de las entidades locales constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad, y sus organismos autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local correspondiente.
Los artículos 163 a 171 del meritado texto legal perfilan su contenido, ámbito temporal, anexos, estructura de ingresos y gastos, procedimiento de elaboración y publicidad, y régimen de reclamaciones y recursos.
Presupuestos (fuente: información gubernamental)
Se incorporan igualmente las bases de ejecución del presupuesto municipal y otra documentación económica; así como el Presupuesto de la Tesorería municipal.
Bases de ejecución presupuestos 2024
LÍNEAS FUNDAMENTALES PRESUPUESTO 2023