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Preguntas frecuentes

A continuación se informa a la ciudadanía de diversas cuestiones relacionadas con la transparencia, la información pública y el acceso a la misma. 

Sobre la Transparencia 

¿Qué regula la Ley de Transparencia? 

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTBG) prevé qué información deben publicar las Administraciones Públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden pedir los ciudadanos información a las Administraciones y cuáles son las reglas de Buen Gobierno que deben respetar los responsables públicos.

Su Disposición final novena determina que la entrada en vigor de esta ley se producirá para los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales en el plazo máximo de dos años desde su entrada en vigor (11 de diciembre de 2015), para adaptarse a las obligaciones contenidas en ella.

En el ámbito autonómico, Galicia cuenta con una normativa propia sobre la materia, la Ley 1/2016, de 18 de enero de transparencia y buen gobierno, que ha derogado la normativa aprobada en el año 2006.

Por su parte el Ayuntamiento de Narón, en aras a establecer las adaptaciones oportunas de aquella normativa a su específica configuración y peculiaridades, prestó aprobación a la Ordenanza municipal de transparencia, acceso a la información pública, reutilización de datos y buen gobierno, en la sesión plenaria celebrada el 28 de enero de 2016. 

¿Qué entidades están obligadas a proporcionar información?

Todas las Administraciones Públicas, entidades del sector público, órganos constitucionales (incluida la Casa de Su Majestad el Rey) y sus equivalentes a nivel autonómico, así como Fundaciones del Sector Público, Asociaciones constituidas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria, están obligadas a cumplir la Ley de Transparencia. Es decir, deben publicar la información  que la Ley menciona y, además, responder a las solicitudes de información que presenten los ciudadanos.

Deberán también publicar la información prevista en la Ley entidades privadas como los partidos políticos, sindicatos, organizaciones sindicales y otras entidades que perciban ayudas públicas.

En el caso del presente Portal de la Transparencia, y a los efectos que nos ocupa, se publica la información del Ayuntamiento de Narón, de acuerdo con la Ordenanza municipal anteriormente señalada.

Así mismo se faculta el enlace con el organismo autónomo Patronato de Cultura y con la sociedad de economía mixta (mayoritariamente pública) Compañía de Servicios Medioambientales do Atlántico, S.A., concesionaria de los servicios públicos de abastecimiento y saneamiento del término municipal de Narón. 

¿Qué es el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Narón?

Es la plataforma por la que se podrá acceder a la información del Ayuntamiento. También contendrá la información que los ciudadanos soliciten con mayor frecuencia en ejercicio del derecho de acceso a la información pública. 

¿Qué contiene este Portal?

El Portal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos. 

Sobre la Publicidad Activa 

¿Qué es la Publicidad Activa?

Es una información agrupada en las categorías definidas en la ley, que las administraciones públicas deberán publicar de forma periódica y actualizada para garantizar la transparencia de su actividad.

En este Portal de la Transparencia se facilita el acceso de los ciudadanos a toda la información institucional, organizativa, de planificación, de relevancia jurídica, económica, presupuestaria y estadística prevista en la Ley correspondiente a este Consistorio y sus organismos dependientes o participados. 

¿Qué información se publica en el Portal?

La Ley regula la publicación de las siguientes categorías de información en lo que se conoce como Publicidad Activa:

Información organizativa

Funciones que se desarrollan.

  • Normativa de aplicación
  • Estructura: Funciones y en su caso organigrama.

 Información de relevancia jurídica 

  • Normativa de aplicación destacada
  • Normativa medioambiental y urbanística
  • Normas jurídicas aprobadas por el Ayuntamiento de Narón
  • Documentos que deban ser sometidos a información pública

 Información de contenido económico 

Entre otros, 

  • Contratos
  • Convenios y encomiendas de gestión
  • Retribuciones de altos cargos
  • Subvenciones y ayudas públicas
  • Presupuestos
  • Cuentas anuales. Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización
  • Bienes inmuebles de propiedad municipal 

¿Existe alguna restricción a la publicación de la información? 

En efecto. Puede que la información no pueda publicarse porque afecte a cuestiones sensibles como la seguridad nacional, la defensa o la protección de datos personales. En estos casos, deberá comprobarse si, verdaderamente, la publicación afecta a los límites que la Ley prevé o, para el caso de los datos personales, si éstos pueden eliminarse del documento que se publique. 

¿Qué ocurre si no encuentro información en el Portal? 

En principio, la información más relevante para el ciudadano y de frecuente acceso estará disponible en el Portal de manera accesible, reutilizable e interoperable. Si el interesado necesita más información o necesita más detalle, entonces, se podrá acceder al servicio de solicitud de información pública que es un derecho regulado por la ley de transparencia y buen gobierno. Este servicio se encuentra disponible en el Portal. 

¿Qué ocurre si no se cumple con las obligaciones de transparencia y no se publica la información? 

En el caso de Galicia, de acuerdo con la previsión establecida por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno (La resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, corresponderá, en el supuesto de resoluciones dictadas por las entidades locales de Galicia, al Valedor del Pueblo) los ciudadanos podrán acudir al citado órgano. 

Sobre el Derecho de Acceso a la Información 

¿Qué es el derecho de acceso a la información pública? 

Es el derecho de acceso a acceder a información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. 

¿Se puede pedir cualquier información? 

El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público. 

Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

  • La seguridad nacional
  • La defensa
  • Las relaciones exteriores
  • La seguridad pública
  • La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
  • La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva
  • Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control
  • Los intereses económicos y comerciales
  • La política económica y monetaria
  • El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial
  • La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión
  • La protección del medio ambiente 

¿Cómo se aplican los límites? 

El órgano al que se le solicita una información cuya publicación considera que puede perjudicar a alguno de los límites deberá valorar si, efectivamente, se produce un daño si se provee esa información. 

¿Por qué existe protección de datos personales? 

Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado. 

¿Qué es el acceso parcial? 

En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.